Se trata de uno de los cuatro efectivos que habían sido detenidos. Algunos ya fueron enjuiciados.
En el marco de un juicio abreviado realizado en el Juzgado en lo Correccional nº 1 de Dolores y consensuado por el Fiscal Dr. Mario Rafael Pérez y el Defensor Oficial Dr. Carlos Alberto Fortini, el Juez a cargo, Dr. Christian Gasquet, condenó a un efectivo policial de Villa Gesell, sometido a proceso penal por encubrir junto con otros tres policías la actividad ilícita de un vendedor de estupefacientes en dicha localidad, al que también avisó cuando se le dictó la orden de detención y captura.
El Juez señaló respecto de los hechos, que en la elevación de la causa a juicio la Fiscalía había descripto la perpetuación de las siguientes ilícitos:
Hecho I: que al menos entre el 13 de julio de 2023 y el 10 de agosto de 2023, un
sujeto adulto comercializaba en Villa Gesell estupefacientes, en especial cocaína, a cambio de dinero en acciones previamente acordadas y con entregas directamente al consumidor.
Hecho II: que al menos en ese período, cuatro funcionarios policiales pertenecientes al Gabinete de Prevención de las Comisarias Gesell Primera y Comisaria Gesell Segunda, concurrieron en distintas oportunidades al domicilio del sujeto investigado por vender estupefacientes al menudeo, recibiendo de este drogas al menos para consumo personal, omitiendo los policías de ese modo denunciar la actividad ilícita a pesar de la obligación legal que tenían, dejando de realizar las actividades relativas a sus funciones a cambio de las dádivas recibidas y contrariando con ese accionar los deberes a su cargo por tratarse todos de funcionarios públicos.
Hecho III: que uno de esos sujetos, identificado como Leandro Daniel Blasizza, que pertenecía al Gabinete de Prevención de la Comisaria Gesell Segunda, omitió denunciar el lugar de ocultamiento del sujeto que comerciaba los estupefacientes, quien se encontraba con orden de detención y captura dispuesta por el Juzgado de Garantías, manteniendo para ello comunicaciones telefónicas desde la dependencia policial con el investigado a sabiendas de su situación judicial, aconsejándole se mantuviera oculto y ayudando de ese modo a que eludiera el accionar de la justicia.
De un testimonio recibido en la investigación, surge que el sujeto investigado tenía vínculos con la policía, que le vendía droga al jefe de calle de la Segunda y a otro de la Primera, que había otros efectivos involucrados. Precisamente este testimonio se complementa con la denuncia anónima que dio origen a una investigación en ese sentido. donde el denunciante manifestaba que a la vivienda denunciada concurrían efectivos policiales a buscar estupefacientes. Y de otra denuncia surgió los vínculos que el que comercializaba tenía con personal policial.
Al corroborarse los recorridos de los móviles de las Estaciones de Policía de Seguridad Comunal de la localidad, se constató que los efectivos policiales habían concurrido en diversas oportunidades al domicilio del investigado y habían permanecido por corto tiempo.
Al analizarse los teléfonos que a estos policías se le secuestraron, se detectaron múltiples llamadas entre los involucrados y relacionadas con los delitos investigados, resaltando el Juez, la existencia de múltiple prueba que demostraba el contacto y el vínculo estrecho que aquellos mantenían con el investigado por comercializar estupefacientes. Y particularmente respecto del policía juzgado, resaltó que el vínculo era muy estrecho, y que, al evaluar la evidencia en su conjunto -testimonios, recorridos de los móviles y demás elementos-, sin lugar a dudas emergía que había participado en los delitos endilgados.
Por ello el Dr. Gasquet resolvió condenar a Leandro Daniel Blasizza, de 29 años de edad, Sargento de la Policía Bonaerense, oriundo de la Provincia de Formosa y con domicilio en Villa Gesell, como coautor penalmente responsable del delito de “Encubrimiento agravado por el delito precedente y por ser cometido por funcionario público, Violación de los deberes de funcionario público y Cohecho pasivo, concurriendo todos en forma ideal entre sí” (Hecho II), y autor responsable del delito de “Encubrimiento agravado por la condición de funcionario público y la gravedad del hecho precedente” (Hecho III), imponiéndole como pena “Un año y diez meses de prisión de cumplimiento efectivo, e Inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos o ser funcionario público”. Además, dispuso su excarcelación desde el Establecimiento penal donde estaba alojado, medida que se haría efectiva en el día de ayer.